Seguimos con uno de los „ trending topic“ del universo tributario de estos últimos años, la consideración de la compensación de las Bases Imponibles negativas como derecho autónomo del contribuyente.
Recientemente, el TEAC adecua su criterio a la doctrina del Tribunal Surpemo, de tal manera que, admite la compensación de BINS de ejercicios anteriores, incluso en la presentación de autoliquidaciónes extemporáneas del Impuesto sobre Sociedades, ya que la considera como un derecho a ejercitar por el contribuyente rechazando cualquier restricción, si no es a través de las causas previsas en la ley, por vía interpretativa.
TEAC, Resol.25 de febrero 2022, Rec. 8725/2021
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