Los whistleblowers son personas que informan sobre prácticas irregulares de diversa índole en el seno de las organizaciones (públicas o privadas).
Como consecuencia de la Directiva de 23 de octubre de 2019 que dictó el Parlamento Europeo y el Consejo, se ha activado en España el mecanismo legislativo para adaptar los términos de esta resolución comunitaria al ordenamiento español. La futura Ley que actualmente se encuentra en fase de anteproyecto regulará la protección de las personas trabajadoras que informen sobre infracciones del derecho laboral en materia de seguridad y salud en el trabajo. Los canales internos de comunicación que ya tengan habilitadas las empresas podrán servir para dar cumplimiento a las previsiones de la Ley de transposición, siempre que se ajusten a los requisitos establecidos en la misma. Las Administraciones, organismos y demás entidades obligadas a contar con un sistema interno de informaciones deberán implantarlo en el plazo máximo de tres meses, a partir de la entrada en vigor de la Ley. Se exceptúan las entidades jurídicas del sector privado con menos de 249 personas trabajadoras, para las que se ampliará el plazo hasta el 1 de enero de 2023. En cuanto a los canales de información externa, el plazo máximo será de seis meses.
Ley de transposición de la Directiva (UE) 2019/1937 del Parlamento Europeo y del Consejo.